Conciliación Familiar y Adaptación de Jornada: Claves Legales y Estrategias para Empresas

Marco legal actualizado

Las solicitudes de conciliación se basan en dos derechos clave:

Reducción de jornada – Art. 37.6 y 7 del Estatuto de los Trabajadores

  • Derecho a reducir entre 1/8 y 1/2 de la jornada para el cuidado:
    • De hijos/as menores de 12 años.
    • De personas con discapacidad o familiares hasta segundo grado que no puedan valerse por sí mismos.
  • La reducción implica la proporcionalidad salarial y una especial protección frente al despido.

Adaptación de jornada sin reducción salarial – Art. 34.8 ET

  • Derecho a solicitar cambios en el horario, jornada, turnos, distribución del tiempo o teletrabajo por motivos de conciliación.
  • La empresa debe negociar de buena fe, dar una respuesta motivada por escrito en 15 días y justificar cualquier denegación con razones organizativas fundadas.

Jurisprudencia reciente relevante

La doctrina jurisprudencial expuesta es coherente con la tendencia de los tribunales españoles en materia de conciliación y adaptación de jornada. El TSJ ha venido exigiendo a las empresas una justificación concreta y documentada para denegar solicitudes de adaptación, y la obligación de valorar alternativas razonables propuestas por la persona trabajadora.


Riesgos para la empresa

  • Sanciones administrativas por discriminación o vulneración del derecho a la conciliación.
  • Indemnizaciones por daños morales en caso de denegación improcedente.
  • Nulidad del despido si se produce en un contexto vinculado a solicitudes de conciliación.

¿Cómo puede ayudar nuestro despacho?

Desde nuestro equipo jurídico, brindamos soluciones preventivas y defensa especializada:

  1. Análisis de viabilidad de la solicitud recibida (coste, operatividad, comparativa interna).
  2. Redacción de la respuesta formal a la solicitud, en tiempo y forma legal.
  3. Negociación razonada y documentada, conforme a doctrina y jurisprudencia.
  4. Formación para RR.?HH. y directivos sobre derechos de conciliación y gestión del conflicto.
  5. Representación en procesos de mediación, SMAC o judiciales en caso de reclamación.

Beneficios para la empresa

- Evita conflictos judiciales y pérdida reputacional.
- Refuerza el clima laboral y la fidelización del talento.
- Previene sanciones y costes imprevistos.
- Posiciona a la empresa como organización socialmente responsable.